REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-S-2009-009360
“VISTOS”
Los ciudadanos PAULINA INOCENCIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y JOSE AMADOR COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 7.427.791 y 5.255.240 de este domicilio, asistido por el Abogado CARMEN EUGENIA SANTANA PADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 108.870, solicita la Rectificación del Acta de Matrimonio, la cual corre inserta bajo el N° 1076, folio 334 de fecha 31 de Octubre del año 1988, llevados por ante la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto los solicitantes afirman que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Matrimonio que se encuentra asentada en la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, se señala el nombre de la conyugue como “INOCENCIA PAULINA” siendo lo correcto “PAULINA INOCENCIA”, para ello anexo el acta de matrimonio marcado con la letra “B” y copia certificada de la Sentencia de Rectificacion de Partida. Solicito ante este Tribunal considere sea rectificado el Nombre correcto siendo este: “PAULINA INOCENCIA”. La solicitud se admitió en fecha 17-09-2009. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 1803-2010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por el solicitante en el Acta de Matrimonio cuando se transcribió erroneamente “INOCENCIA PAULINA” siendo lo correcto “PAULINA INOCENCIA”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO de los ciudadanos PAULINA INOCENCIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y JOSE AMADOR COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 7.427.791 y 5.255.240 de este domicilio y ORDENA al Registrador Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 1076, folio 334 de fecha 31 de Octubre del año 1988. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.---------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.-------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los diecisiete (17) días del mes de Mayo del 2.010. Años: 200º y 151º.---------------------------------------------------------------------
La Juez Temporal,
Abg. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria,
Abg. NATALI CRESPO QUINTERO.
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