JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO
SOLICITANTE (S): MARIA AMERICA FLORES DE LANDAETA, ANGELA ELIZABETH LANDAETA FLORES, OWENS GILBERTO LANDAETA FLORES, JESUS ELOY LANDAETA FLORES, ALEXIS EDUARDO LANDAETA FLORES, JOGLIN ERNESTO LANDAETA FLORES, ANNY ELIBETH LANDAETA FLORES Y OSWARD JOSUE LANDAETA FLORES venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-3.492.389, V-8.841.041, V-9.448.901, V-9.448.902, V-12.036.050, V-12.036.049, V-13.663.060 y V-18.660.664 respectivamente, y ambos de este domicilio.
ABOGADO: ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 22.270, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION ÚNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 3378
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 05 de Octubre de 2009, por los ciudadanos MARIA AMERICA FLORES DE LANDAETA, ANGELA ELIZABETH LANDAETA FLORES, OWENS GILBERTO LANDAETA FLORES, JESUS ELOY LANDAETA FLORES, ALEXIS EDUARDO LANDAETA FLORES, JOGLIN ERNESTO LANDAETA FLORES, ANNY ELIBETH LANDAETA FLORES Y OSWARD JOSUE LANDAETA FLORES venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-3.492.389, V-8.841.041, V-9.448.901, V-9.448.902, V-12.036.050, V-12.036.049, V-13.663.060 y V-18.660.664 respectivamente y ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 22.270 , de este domicilio, donde solicitan sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del De-cujus ciudadano JESUS ELOY LANDAETA NOGUERA, fallecido Ab-intestato el día 21 de Marzo de 2.009, en el Instituto Oncológico Miguel Pérez Carreño, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, y previa publicación de un Edicto en un diario de mayor circulación nacional, con las inserciones correspondientes a la solicitud requerida, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos MARIA AMERICA FLORES DE LANDAETA, ANGELA ELIZABETH LANDAETA FLORES, OWENS GILBERTO LANDAETA FLORES, JESUS ELOY LANDAETA FLORES, ALEXIS EDUARDO LANDAETA FLORES, JOGLIN ERNESTO LANDAETA FLORES, ANNY ELIBETH LANDAETA FLORES Y OSWARD JOSUE LANDAETA FLORES venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-3.492.389, V-8.841.041, V-9.448.901, V-9.448.902, V-12.036.050, V-12.036.049, V-13.663.060 y V-18.660.664, como “ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” del difunto ciudadano JESUS ELOY LANDAETA NOGUERA, fallecido Ab-intestato el día 21 de Marzo de 2.009, en el Instituto Oncológico Miguel Pérez Carreño, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, según consta del Acta de Defunción Nº 360, Tomo II, Año: 2009, en los Libros de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO.
En Valencia, a los veinte (20) días del mes de Mayo del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:20 de la mañana.-
La Secretaria Temporal,
Exp. Nº 3378.-
JGRG/dgf.-
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