JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO

SOLICITANTE (S): RATZAR ZAHIR PEREZ LOPEZ y RAFAEL DARIO PEREZ LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-12.101.879, V-12.932.267 respectivamente, y ambos de este domicilio.
ABOGADO: MUNIRA BUJANDA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 17.649, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION ÚNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 3658

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 29 de Enero de 2010, por los ciudadanos RATZAR ZAHIR PEREZ LOPEZ y RAFAEL DARIO PEREZ LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-12.101.879, V-12.932.267 respectivamente y ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada MUNIRA BUJANDA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 17.649, de este domicilio, donde solicitan sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la De-cujus ciudadana NORA NAIL LOPEZ DIAZ, fallecida Ab-intestato el día 24 de Diciembre de 2.009, en la Av. La Honda, Casa sin número, Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, y previa publicación de un Edicto en un diario de mayor circulación nacional, con las inserciones correspondientes a la solicitud requerida, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos RATZAR ZAHIR PEREZ LOPEZ y RAFAEL DARIO PEREZ LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.: V-12.101.879, V-12.932.267, como “ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” del difunto ciudadano NORA NAIL LOPEZ DIAZ, fallecida Ab-intestato el día 24 de Diciembre de 2.009, en la Av. La Honda, Casa sin número, Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo, según consta del Acta de Defunción Nº 435, Año: 2009, en los Libros de Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO.

En Valencia, a los veintiún (21) días del mes de Mayo del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:20 de la mañana.-
La Secretaria Temporal,











Exp. Nº 3658.-
JGRG/dgf.-