REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO.
Puerto Cabello, 04 de Mayo del 2010.
200° y 151°

Vista la diligencia de fecha 03/05/2010 (f.34), suscrita por la abogada MARTHA LEAL, apoderada judicial de la parte actora, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.264 que contiene el desistimiento y donde expone:

“(...)(...) Actuando por expresas instrucciones de mi Mandante, Desisto del procedimiento tal y como lo establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. Igualmente solicito a este Tribunal se me devuelvan los documentos originales con que se acompañaron la demanda, previa consignación de las copias fotostáticas de los mismos para su certificación por este Tribunal…”.

Ahora bien, este Despacho observa: El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece:

“…En cualquier estado y grado de la causa, puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…”.

En tal sentido y en fundamento al mencionado artículo 263, Ejusdem, transcrito parcialmente, y en virtud de la diligencia donde la parte demandante desiste del procedimiento, es por lo que este Despacho da por consumado dicho acto, homologándose el mismo, teniéndose el desistimiento como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Igualmente, devuelvanse los originales que se solicitan, y que rielan a los folios 4 al 25, ambos inclusive, y en su lugar déjese copia certificada de los mismos.
El Juez Titular,

Dr. RAFAEL E. PADRÓN HERNÁNDEZ.
La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES.
En la misma fecha se devolvieron los originales solicitados, dejándose copia certificada en su lugar.
La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES