REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 18 de mayo del año dos mil diez
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
N° EXPEDIENTE: GP02-S-2009-000220
OFERIDA: KELLYLIA DEL VALLE CHIARAMONTE, C.I. 13.537.307
OFERENTE: SALUD VALENCIA SAVAL, C.A.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Por cuanto este tribunal observa que de diligencia que antecede, presentado por la parte oferente SALUD VALENCIA SAVAL, C.A., representados por su apoderada judicial JOSEEY ARELLANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 97.816, donde manifiesta “Desisto de la Oferta Real de Pago, C.A.,asimismo la homologación por parte de este tribunal del referido desistimiento, y el cierre del expediente.”. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, aunado a la manifestación de voluntad de la parte oferente, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena el cierre del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en los archivos. Años 200° y 151°.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS LAYA
En la misma fecha se publicó la presente sentencia del EXPEDIENTE GPO2-S-2009- 00220 siendo las 12:00 M.
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS LAYA
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