| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Vigésimo Quinto ( 25°)   de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004123
 PARTE ACTORA: MARIO BAUSTE
 ABOGADO ASISTENTE  DE LA PARTE ACTORA: EDGAR BLANCO MARCANO
 PARTE DEMANDADA: UNIGLOBE CANDES TRAVEL, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YUSULIMAN VINDIGNI HERREA, VERÓNICA MERINO BOUZAS Y OTROS
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy, 22 de Noviembre de 2010, a las 02:30 p.m.,  día y hora fijado para que tenga lugar la  continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que  comparecieron el abogado Edgar Blanco M. inscrito en  el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 81.555, quien acudió al inicio de la audiencia preliminar asistiendo al ciudadano Mario Bauste, y comparece a este acto sin acreditar la representación judicial. Asimismo, se deja constancia que por la parte demandada, comparecen los abogados  Yusuliman Vindigni Herrera y Manuel Salas, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 87.266 y 67.084, como se evidencia de autos, por lo cual y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
 
 La Jueza
 
 La Secretaria
 Abg. Milagros Jiménez
 
 Abg. Jennifer Martínez
 
 
 
 Apoderados judiciales de la parte demandada
 
 
 Abg. Edgar Blanco
 
 |