REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 3 de Noviembre de 2010
200º y 151º

Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha 26 de octubre de 2010, por el ciudadano Juan Carlos Balzán Pérez, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 64.246, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS LETI, S.A.V., promoviendo las siguientes, prueba de experticia. Este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.

En consecuencia este Tribunal ORDENA:

PRIMERO: De conformidad con el Artículo 452 del Código de Procedimiento Civil FIJAR a las diez (10:00 a.m.) de la mañana del segundo día de despacho siguiente para que tenga lugar el acto de nombramiento de expertos.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
El Juez,

Raúl Gustavo Márquez Barroso.

La Secretaria,

Bárbara Luisa Vásquez Párraga

Asunto: AP41-U-2010-000200