REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiséis (26) de octubre de 2011.- Años 201º y 152º
Vista la diligencia suscrita en fecha 07 de octubre de 2011, por el abogado Julio Cesar Márquez Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.577, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio que por Reivindicación le sigue a la ciudadana Luisa Leonor Díaz Hurtado, mediante la cual apela del auto de suspensión de la presente causa por ante la Sala Civil del Alto Tribunal, esta Alzada a los fines de proveer lo solicitado observa que a objeto de no vulnerar el debido proceso, el derecho a la defensa y garantizar una tutela judicial eficaz, se abstiene de emitir el pronunciamiento de ley en relación al recurso ejercido hasta tanto conste en autos la notificación de la parte demandada del auto de suspensión de la causa dictado en fecha 26 de septiembre de 2011, de conformidad al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y al Desocupación Arbitraria de Viviendas. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars D. Mata
VJGJ/RDM/grisel
Exp. N° 10156