REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, Ocho (08) de Noviembre de Dos mil diez (2010)
Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación

Vista la diligencia de fecha 28 de Octubre de 2.009, suscrita por la Abogado GABRIELA RODRIGUEZ, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.919, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MONTO SEGURIDAD, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 03 de Septiembre de 1997, bajo el Nº 57, Tomo 12-A-Tro, parte actora en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Intimación) sigue contra la Sociedad Mercantil SONAUTO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de Octubre de 1999, bajo el Nº 14, Tomo A-61, en la persona de su Representante Legal, Ciudadano JOSÈ MANUEL ARGIZ RIOCABO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.139.083, mediante el cual desiste del procedimiento, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:

Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil:

“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días.”

Con fundamento en el artículo antes trascrito, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los ocho (08) días del mes de Noviembre de 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE


LA SECRETARIA,
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley, a las puertas del Tribunal siendo las dos de la tarde. (02:00 p.m)

LA SECRETARIA
ABG. ANA A. SILVA SANDOVAL



AAML/AASS/Sl
Exp. N° AP31-M-2010-000402