| 
JUZGADO  VIGESIMO NOVENO  DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL  TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA  METROPOLITANA DE CARACAS.
 
 Caracas, 26 de noviembre de 2010
 200° Y   151°
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004690
 PARTE ACTORA: SAMUEL ROJAS, titular de la C.I. V- 17.083.197
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: COLUMBA DE JESUS ZERPA, IPSA N° 103.248.
 PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ANJIRO C.A.
 APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NOSLEN TOVAR Y RAMON CHACIN, IPSA N° 112.059 Y 112.366.
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 ACTA
 
 En el día hábil de hoy 26 de Noviembre de 2010,  siendo las11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la  hora arriba señalada,  se procedió a anunciar  el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino,  dejando  constancia expresa de la incomparecencia del demandante SAMUEL ROJAS, Titular de la C.I. V- 17.083.197, por si o por medio de apoderado judicial y de la comparecencia de la demandada INVERSIONES ANJIRO C.A., en la persona de sus representantes judiciales abogados, NOSLEN TOVAR, IPSA N° 112.059. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio,  es por lo que  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 
 
 GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
 JUEZ
 
 PARTE DEMANDADA
 
 
 
 ABG. LISBETH MONTES
 SECRETARIA
 EXP: AP21-L-2010-004690
 GAA/Dd
 
 
 
 
 
 |