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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO  VIGESIMO NOVENO  DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL  TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA  METROPOLITANA DE CARACAS.
 
 Caracas, 08 de noviembre de 2010
 200° Y   151°
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003587
 PARTE ACTORA: JEAN CARLOS RODRIGUEZ, C.I. V- 14.872.167.
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: REINALDO FLORES, IPSA N° 120.154.
 PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES AUYAMA C.A.
 APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANIBAL MEJIA Y MARIANA ALZAMORA, IPSA N° 44.072 y 97.936.
 MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
 
 
 ACTA
 
 
 En el día hábil de hoy  08 de noviembre de 2010,  siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la  hora arriba señalada,  se procedió a anunciar  el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino,  dejando  constancia expresa de la incomparecencia de los demandantes JEAN CARLOS RODRIGUEZ, por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la comparecencia de la demandada REPRESENTACIONES AUYAMA C.A., en la persona de su representante judicial MARIANA ALZAMORA, IPSA N° 97.936, cuya representación consta en el expediente. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio,  es por lo que  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 
 
 GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
 JUEZ
 APODERADO PARTE DEMANDADA
 
 
 ABG. LISBETH MONTES
 SECRETARIA
 EXP: AP21-L-2010-003587
 GAA/Lm
 
 
 
 
 
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