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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo (30) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil diez (2010)
 200º y 151º
 
 
 ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-006353
 PARTE ACTORA: HENRRY ANTONIO FRANCO RIVAS
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUARY GUILLERMO LEON RODRIGUEZ
 PARTE DEMANDADA: OPTICA BILLI, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RICARDO APONTE
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy veinticuatro (24) de noviembre de dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la reanudación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, según auto de fecha 4 de noviembre de 2010, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada OPTICA BILLI, C.A., en la persona del ciudadano JOSE RICARDO APONTE, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 44.438, debidamente acreditado en autos; así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
 
 El Juez
 
 Abg. Juan Carlos Medina
 El apoderado de la demandada
 
 
 
 
 El Secretario
 
 
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