REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 11 de Noviembre de 2010
Años 200º y 151º

ASUNTO: GP01-P-2008-004123
JUEZ: ABG. BLANCA JIMÉNEZ
FISCALÍA VIGÉSIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
ACUSADO: RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, venezolano, natural Maracay, estado Aragua, de 62 años de edad, fecha de nacimiento 19-06-1949, titular de la cedula N° V-3.518.971, de profesión u oficio Técnico metalúrgico, grado de instrucción bachiller, residenciado en Sector Flor Amarillo, Urbanización Experimental Las Palmitas, sector 21, vereda Nº 17, casa Nº 85, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia, estado Carabobo, punto de referencia al frente del Módulo de Barrio Adentro del estacionamiento del Sector 21, teléfono: 0426-3467673.
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DEFENSA: Abg. Juana Camacho
VICTIMA: MARIELA JOSEFINA SEVILLA RODRÍGUEZ
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.

Por cuanto, en fecha 15 de Octubre del 2010,segun oficio CJ-10-2015, de fecha 15-10-10, fui designada por la comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, siendo juramentada en fecha 22 de Octubre del 2010, ante la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, según consta en acta de juramentación No 168, es por lo que la misma asume el control jurisdiccional de este despacho y se aboca al conocimiento de la presente causa , en atención al principio del Juez natural previsto en el art. 49.4 Constitucional y art 7 del COPP .

Vista el acta de la Audiencia de Verificación de Condiciones celebrada en fecha 13-10-2.010, este Tribunal de Control para decidir observa:

Primero: En fecha 30-05-2.008 se recibió escrito acusatorio de la Fiscalía 27º del Ministerio Público del Estado Carabobo, mediante el cual acusa al ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, identificado en autos, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, conforme al artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mariela Josefina Sevilla Rodríguez.
Segundo: En fecha 19-01-2.009, se celebró Audiencia Preliminar por ante este Juzgado, donde se declaró con lugar la solicitud de Suspensión Condicional del Proceso en la causa seguida al ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, con un plazo de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, imponiéndole de las siguientes condiciones: 1.- Residir en un lugar determinado 2.-Presentación ante la Oficina del alguacilazgo cada 90 días, por lo que deberá presentar dos (02) fotos de frente, fotocopia de la cédula de identidad y constancia de residencia. 3.- Prohibición de agredir física y verbalmente a la víctima, 4.- No consumir bebidas alcohólicas ni asistir a sitios donde se expendan las mismas. 5.- Colaborar con el programa de difusión de Violencia de Género acabo este tribunal a través de la trabajadora social Lic. Eva Sánchez. 6.- Asistir al Psicólogo equipo Interdisciplinario a los fines de su orientación y evaluación.
Tercero: A los folios noventa y tres (93) y noventa y cuatro (94) se observa record de presentaciones emanado de la Oficina de Alguacilazgo de este Tribunal donde se refleja el cumplimiento de las presentaciones impuestas al ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA.
Cuarto: Al folio noventa y uno (91) y noventa y dos (92) se observa oficicio mediante el cual la Lic. Lauara Bruno, Psicóloga del Equipo Interdisciplinario de este Tribunal, remite Informe en relación a la condición impuesta al ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA.
Quinto: Al folio noventa (90) se observa Constancia de Residencia del ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, emitida por el Consejo comunal “Las Palmitas sector 21”.
Sexto: En fecha 13 de Octubre de 2010 se realizó Audiencia de Verificación de Condiciones, entando presentes el acusado de autos, su abogado defensor, la representante del Ministerio Público y la víctima, quien manifestó no oponerse al Sobreseimiento y que el acusado no ha incumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en su oportunidad.

Partiendo del análisis de los elementos que conforman la presente causa, en necesario traer a colación lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual dispone:

“…Efectos. Finalizado el plazo o régimen de prueba, el Juez convocará a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, al imputado y a la víctima, y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas la obligaciones impuestas, decretará el sobreseimiento de la causa...”

Vista la culminación del plazo de prueba, y el cumplimiento cabal de las condiciones impuestas al imputado RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho decretar el Sobreseimiento de la causa conforme a la norma prevista en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.



DECISIÓN

Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, atendiendo a las previsiones del artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano RAFAEL ORLANDO SEVILLA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.518.971, por haber cumplido a cabalidad con las condiciones impuestas y la finalización del régimen impuesto en virtud de la Suspensión Condicional del Proceso acordada en fecha 19-01-2.009. Líbrense oficios a la Sistema Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME), Caracas; a la División de Asesoría Jurídica Nacional, Departamento de Informática del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Caracas. Remítase al archivo central a los fines de su custodia definitiva y correspondiente remisión al Archivo Judicial.


Abg. Blanca Jiménez
Jueza Segunda de Primera Instancia
en Función de Control, Audiencia y Medidas
Abg. Josie Linares
La secretaria











Hora de Emisión: 5:37 PM