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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
 Niños, Niñas y Adolescentes
 
 Caracas, 24 de noviembre de 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-V-2009-017074
 Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la diligencia suscrita por la abogada DILIA LOPEZ BERMUDEZ, actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Público,  mediante la cual solicita se revoque por contrario imperio el auto de fecha 20/10/2010, por cuanto se trata  de una modificación de custodia. En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió el motivo de la demanda como “RESTITUCIÓN DE CUSTODIA” debe decir “MODIFICACIÓN DE CUSTODIA”  Téngase la presente como parte accesoria de la decisión 20/10/2010 y del auto de admisión de esa misma fecha. Cúmplase.-
 LA JUEZA
 LA SECRETARIA
 
 Abg. YAQUELINE LANDAETA VILERA
 Abg. MARLENE RAMIREZ
 
 
 AP51-V-2009-017074
 YLV/MR/Mireya
 
 
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