REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA


Barquisimeto, 01 de noviembre de 2010
Años: 200º y 151°

ASUNTO: KP01-P-2005-006275

REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por el Abg. Giusseppe Tassoni Rodríguez, en su condición de defensor privado del imputado William Alfonso Medina Nelo, cédula de identidad Nº: 25.854.041, donde solicita que las presentaciones periódicas le sean ampliadas, debido a que el lapso de tiempo de dicho régimen de presentaciones interfiere con sus labores cotidianas para el sustento de su familia, ya que el mismo se encuentra trabajando, razón por la cual, solicita estudiar la posibilidad de que sea extendido este régimen de presentaciones una vez por mes, en virtud de que ha cumplido a cabalidad con la misma, se observa de la revisión del Sistema Juris 2000, que el imputado de autos ha cumplido la medida cautelar de presentación cada quince (15) días, impuesta en fecha 30-06-05 por el Tribunal en funciones de Control .

Ahora bien, luego de determinar que efectivamente el imputado William Alfonso Medina Nelo se encuentra sometido a una medida de presentaciones periódicas, la cual está siendo cumplida con regularidad y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que la solicitud efectuada por la defensa privada es considerada procedente, estimando el Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos del acusado y no afectaría el proceso en sus resultas, es por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que este Tribunal en funciones de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor del imputado William Alfonso Medina Nelo, cédula de identidad Nº: 25.854.041, por lo que el mismo deberá presentarse cada 30 días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000.

Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, al Defensor Privado y al Imputado. Cúmplase y Regístrese.


Juez de Juicio Nº 04
Abg. Leila Ibarra Secretaria Administrativa