REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 01 de noviembre de 2010
Años: 200º y 151°
ASUNTO: KP01-P-2009-004225
REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES
Visto el escrito presentado por la Abg. Aura García, en su condición de defensora privada de los imputados Luís Alberto Blanco Vanegas, cédula de identidad Nº: 20.015.870 y Luís Armando Palacio Pérez, cédula de identidad Nº: 19.825.505, donde solicita que las presentaciones periódicas le sean ampliadas, tomando en consideración que sus defendidos residen en la ciudad de Sarare y no poseen los medios económicos suficientes para viajar frecuentemente, en virtud de que han cumplido a cabalidad con la misma, se observa de la revisión del Sistema Juris 2000, que los imputados de autos ha cumplido la medida cautelar de presentación cada quince (15) días, impuesta en fecha 16-03-10 , por este Tribunal .
Ahora bien, luego de determinar que efectivamente los imputados Luís Alberto Blanco Vanegas y Luís Armando Palacio Pérez se encuentran sometidos a una medida de presentaciones periódicas, la cual está siendo cumplida con regularidad y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que la solicitud efectuada por la defensa privada es considerada procedente, estimando el Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos de los imputados y no afectaría el proceso en sus resultas, es por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que este Tribunal en funciones de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor de los imputados Luís Alberto Blanco Vanegas, cédula de identidad Nº: 20.015.870 y Luís Armando Palacio Pérez, cédula de identidad Nº: 19.825.505,, por lo que el mismo deberá presentarse cada 30 días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000.
Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensora Privada y a los Imputados. Cúmplase y Regístrese.
Juez de Juicio Nº 04
Abg. Leila Ibarra Secretaria Administrativa
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