REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil diez
200º y 151º


ASUNTO: KP02-F-2010-000871
PARTE DEMANDANTE: MAURA DEL CARMEN PIÑERO, venezolana, mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-6.032.
PARTE DEMANDADA: OMAR JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.898.252.


Transcurrido como ha sido el plazo fijado en el auto de fecha 19-10-2010, en donde se instó a la actora a aclarar que tipo de demanda quiso interponer en la presente causa, en virtud de que tergiversa la misma al indicar tres (03) procedimientos a seguir, esta Juzgadora observa que hasta la fecha la demandante no aclaro el procedimiento que persigue en la presente acción, y como prueba auténtica se evidencia en lo alegado en el libelo de la demanda, en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda, formulada por la ciudadana MAURA DEL CARMEN PIÑERO, en contra del ciudadano OMAR JOSE MARTINEZ, arriba plenamente identificados.-

La Juez.,
La Secretaria.,

Abg. Eunice Beatriz Camacho M.
Abg. Bianca Escalona.



EBCM/BE/rccg