REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-M-2007-000530
Visto el CONVENIMIENTO, presentado por ambas partes en fecha 17 de Noviembre de 2010, en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO), este Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.-
LA JUEZ LA SECRETARIA
(fdo) (fdo)
ABG. EUNICE CAMACHO MANZANO ABG. BIANCA ESCALONA
EBCM/BE/Chaus3.-.
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA: La exactitud de la copia que antecede la cual es el traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT- SUPRA.
LA SECRETARIA