REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-T-2008-000070
PARTE ACTORA: ANA TERESA RUMBOS DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.724.148.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA GABRIELA ALVARADO DELGADO, Inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 117.603.
PARTE DEMANDADA: RUBEN DARIO RODRIGUEZ TORREALBA, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 17.506.136
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SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
Se inició el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la ciudadano ANA TERESA RUMBOS DELGADO, contra el ciudadano RUBEN DARIO RODRIGUEZ TORREALBA, el cual se admitió a sustanciación en fecha 08/12/2008, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara (f. 14). En fecha 23/03/2009, la parte actora consigna copias simples del libelo se libre la respectiva compulsa al demandado (f. 43). En fecha 03/04/2009, el Tribunal dicto libro la respectiva compulsa..
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de la parte actora en fecha 23/03/2009, donde la parte actora consigna copias simples del libelo solicitando se libre la respectiva compulsa al demandado hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la ciudadano ANA TERESA RUMBOS DELGADO, contra el ciudadano RUBEN DARIO RODRIGUEZ TORREALBA, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de Noviembre de dos mil Diez. AÑOS: 200° y 151°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/Milagro
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