REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 17/11/2010, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Avda. Libertador con Calle 41 antiguo Centro Comercial Don Bau, Barquisimeto. El Tribunal notificó al Ciudadano: José de la Cruz Suárez, dijo que el señor Manuel no se encuentra y suministra su número de teléfono. La parte actora llama al demandado. Se juramenta a Perito y Depositario. La Parte Actora señala bienes a embargar. El Perito describe y valora en 260.000 Bs. El Tribunal los embarga preventivamente declarando su desposesión jurídica. Se hizo presente el Ciudadano Omar José Zoghbi Herrera, se impuso de la misión del Tribunal en su carácter de accionista de la firma mercantil Constructora ZOG.BET, C.A. La parte actora manifiesta tener conocimiento que el bien indicado en el N° 1, no pertenece al demandado, pido al Tribunal lo desincorpore del inventario. El Tribunal con la asistencia del práctico, aclara ..que el bien mueble indicado en el N° 2, tiene un valor aproximado de 200.000 Bs. Se aclara que el bien afectado por la desposesión jurídica es el indicado en el N° 2. La parte actora ratifica el embargo del bien señalado y pide al Tribunal lo deje en guarda y custodia del notificado copropietario de la demandada, se reserva el derecho de solicitar traslado a la depositaria de ser necesario, se reserva el derecho de seguir embargando bienes de los codemandados, advirtiendo al custodio que no puede mover el bien del lugar donde se embargó sin la autorización del demandante. El Notificado copropietario de la demandada acepta el cargo de Custodio y se compromete a cuidar el bien embargado y no moverlo del sitio. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 3:00 p.m.