Hoy, 29 de septiembre de 2010, siendo las diez y quince de la mañana (10:15 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen por ante este Tribunal, por la parte actora el ciudadano RAFAEL MONTES, acompañado de su apoderada judicial Abogada MARCIA P. TORREALBA apoderada judicial del mismo; y por la parte demandada, su representante legal ciudadano GIOVANNI NICOLA PATTI TRIPOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.605.662, quien a su vez es demandado solidario en la presente causa, debidamente asistido por la Abogada MARISOL PITA ANDRADE. Dándose inicio a la Audiencia preliminar. En este estado, ambas partes manifiestan a la juez lo siguiente:
PRIMERO: La parte demandante con su debida asistencia expone: Desisto de la presente demanda por diferencia de prestaciones sociales, toda vez, que es cierto que fue autorizado mi despido por ante la Inspectoría del Trabajo, cancelándome en la oportunidad correspondiente mis prestaciones sociales, no teniendo la empresa Metal Electric, C.A., nada que deberme ni por este ni por ningún otro concepto laboral, por lo que solicito sea homologado el presente desistimiento y en consecuencia el archivo del presente expediente.
SEGUNDO: Toma la palabra el representante legal de la empresa debidamente acompañado de su apoderada judicial, quien manifiesta: Acepto el desistimiento efectuado en este acto por la parte demandada, por lo que solicito que una vez sea homologado el presente desistimiento, se de por terminado el presente asunto.
Este Tribunal, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara que visto el desistimiento efectuado por la parte demandante y así mismo visto la aceptación realizada por la parte demandada y en virtud que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE DESISTIMIENTO, dándole efecto de Cosa Juzgada. Ordenando el archivo oportuno del expediente.
Termino, se leyó y conformes firman:
LA JUEZA
ABG. YRAIMA BETANCOURT
LA SECRETARIA,
POR LA PARTE DEMANDANTE,
POR LA PARTE DEMANDADA,
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