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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal 20 de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas,  trece (13) de octubre de  dos mil diez  (2010)
 200° y 151°
 
 ASUNTO: AP21-S-2010-001196
 
 Visto el escrito Transaccional, presentado de la abogada Carmen Francisco identificada con el I.P.S.A. N° 64.263, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa por una parte y por la otra el ciudadano YOEL PERDOMO CI V- 13.897.565 asistido por el abogado ANGEL ROJAS I.P.S.A. N° 88.662 constante de (5) folios asimismo consignan copia simple del cheque con el que fue realizado el pago único por la suma de Bs. 7.000,00,  de igual manera solicitan la homologación y copias certificadas., este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica  del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas   Todo en la oferta de pago realizada por INVERSIONES 3-R-S, C.A., al ciudadano YOEL ANTONIO PERDOMO VELASQUEZ.
 
 El Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Miguel Humberto Yilales Zurita
 
 
 Abg. Henry Jesús Castro Sánchez
 
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