REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintinueve (29) de octubre de dos mil diez (2010).

200° y 151
4
Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010), estampada por el abogado en ejercicio de este domicilio RAFAEL FUGUET ALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.129, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil AITAMA RESTAURANTE, C.A., mediante la cual desiste de la acción del presente recurso de nulidad con medida cautelar. Este Tribunal lo da por consumado, y en consecuencia homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.

Remítase el expediente judicial, en su oportunidad a la oficina respectiva, bajo Oficio.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,




Exp. N° 006608
NEYER.