REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 6 de octubre de 2010
200° y 151°

Visto el Oficio N° 673-A de fecha doce (12) de agosto de 2010, emitido por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, recibido en fecha 29 de septiembre de 2010, en el que se informa a esta Corte respecto al procedimiento de quiebra que cursa ante ese Tribunal contra la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A., y solicita la acumulación prevista en el artículo 942 del Código de Comercio, este Juzgado de Sustanciación para proveer observa:
En fecha veintinueve (29) de julio de 2007, se recibió libelo contentivo de la demanda por ejecución de contrato de fianza de fiel cumplimiento y fianza de anticipo interpuesta por el abogado Hernán Perdomo Briceño, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Desarrollo Urbanos, Sociedad Anónima (DUCOLSA), contra las sociedades mercantiles Universitas de Seguros, C.A. y Seguros Premier, C.A.
Mediante auto dictado en fecha once (11) de agosto de 2009, este Tribunal admitió dicha demanda y ordenó la notificación de los ciudadanos Procurador General del Estado Zulia, Procuradora General de la República, y emplazar a la sociedades mercantiles Universitas de Seguros, C.A. y Seguros Premier, C.A., a fin de que comparezcan por ante el Juzgado de Sustanciación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a dar contestación a la demanda.
En fecha dieciséis (16) de septiembre de 2009, se comisionó al Juez (Distribuidor) de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de practicar la notificación del ciudadano Procurador General del Estado Zulia.
Mediante diligencias de fecha quince (15) de octubre de 2009, suscritas por el ciudadano Joel Quintero, actuando con el carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional dejó constancia de no haber podido realizar el emplazamiento de la sociedades mercantiles Universitas de Seguros, C.A. y Seguros Premier, C.A.
Mediante diligencias de fecha cinco (05) de noviembre de 2009, suscritas por el ciudadano José Salazar, actuando con el carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional dejó constancia de no haber podido realizar el emplazamiento de la sociedades mercantiles Universitas de Seguros, C.A. y Seguros Premier, C.A.
En fecha dos (02) de diciembre de 2009, se agregó a los autos el oficio N° 571-09 de fecha 11 de noviembre de 2009, emanado del Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante el cual remite las resultas de la comisión que le fuera librada por este Juzgado, mediante oficio dictado en fecha 16 de septiembre de 2009.
Mediante diligencia de fecha veintiuno (21) de enero de 2010, suscrita por el abogado Hernán Perdomo Briceño, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Desarrollos Urbanos, S.A. (DUCOLSA), en la que solicitó practicar nuevamente el emplazamiento de la empresas codemandadas sociedades mercantiles Universitas de Seguros, C.A. y Seguros Premier, C.A.
Mediante escrito presentado el cuatro (04) de febrero de 2010, la abogada Ana Josefina Ferrer, actuando con el carácter de sustituta del ciudadano Procurador General del Estado Zulia, se hizo parte en el presente juicio.
Mediante diligencia de fecha veintidós (22) de febrero de 2010, suscrita por el ciudadano Ramón José Burgos, actuando con el carácter de Alguacil de este Órgano Jurisdiccional dejó constancia de haber consignado boleta de notificación a la sociedad mercantil Universitas de Seguros, C.A.
Mediante diligencia de fecha veintiuno (21) de enero de 2010, suscrita por el abogado Hernán Perdomo Briceño, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Desarrollos Urbanos, S.A. (DUCOLSA), en la que solicitó practicar nuevamente el emplazamiento de la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A.
Ahora bien, por cuanto cursa un proceso de quiebra contra la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A. por ante el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, signado con el numero AP11-M-2010-000358 nomenclatura de ese Tribunal, dicho órgano jurisdiccional solicita la remisión del presente expediente a los fines de dar cumplimiento a la acumulación prevista en el artículo 942 del Código de Comercio.
En consecuencia, por cuanto las partes se encuentran a derecho, se acuerda remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines de que dicte la decisión a que haya lugar.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus



BSB/JBM/Jab/rab
Exp. N° AP42-G-2009-000066