JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 7 de octubre de 2010
200° y 151°

Visto el auto dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha veintiséis (26) de julio de 2010, en el que ordenó la remisión del presente expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, revoca dicho auto en lo que respecta a la remisión del expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativa, y ordena requerir al ciudadano Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), un informe sobre la causa de la abstención conforme a lo dispuesto en el artículo 67 ejusdem.
Téngase el presente auto como complemento al auto dictado en fecha veintiséis (26) de julio de 2010.
Líbrese oficio y anéxese copia certificada del libelo, de las actuaciones cursantes a los folios diez (10) al doce (12), veintitrés (23,) treinta y nueve (39) al cuarenta (40), cincuenta y tres (53), y del presente auto.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus



BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2010-000157