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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia
 de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
 Caracas, primero  (01) de octubre de dos mil diez (2010)
 200º y 151º
 
 ASUNTO : AP51-J-2010-013112
 Vista el acta anterior donde se deja constancia juramentación legal hecha al ciudadano FERNANDO ANTONIO SANDOVAL MIQUILENA, debidamente identificado, así como su aceptación al cargo para el cual ha sido designado, comprometiéndose a cumplir fielmente con las labores inherentes al mismo; este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones conferidas en el literal “e” del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de conformidad con el artículo 110 del Código Civil, discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del niño (Se omite el nombre de los niños por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de once (11)años de edad,  cuyos progenitores son la ciudadana Adelaida Miquilena  y el ciudadano Francisco Millán, titulares de las cédulas de identidad números V-10.533.745 y V-6.817.174, al ciudadano FERNANDO ANTONIO SANDOVAL MIQUILENA, mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad Nº V-18.899.357, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias y entréguense a la solicitante. Cúmplase.
 LA JUEZA TITULAR,
 
 DRA. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. LOLIMAR MOYA HERRERA
 
 
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