REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-M-2010-000482
Vista la demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), presentado por el abogado BORIS FADERPOWER, actuando en su carácter de endosatario en procuración a favor del ciudadano HOLMEN SIEM YAN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 13.651.155, de este domicilio, contra los ciudadanos YUET CHAI CHANG, y ZHENG TANG YONG EN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. 115.230.660 y 12.401.930 respectivamente, este Tribunal observa que la parte actora no consignó el original que funge como instrumento fundamental de la presente demanda, y por tanto no existe prueba auténtica de la obligación pretendida, por lo cual, a tenor de lo previsto en el ordinal 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, el cual señala:
“El Juez negará la admisión de la demanda por auto razonado, en los casos siguientes: 1° Omissis… 2° Si no se acompaña con el libelo la prueba escrita del derecho que se alega….”
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), presentado por el abogado BORIS FADERPOWER, actuando en su carácter de endosatario en procuración a favor del ciudadano HOLMEN SIEM YAN, contra los ciudadanos YUET CHAI CHANG, y ZHENG TANG YONG EN, antes identificados.
Regístrese y publíquese.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los once días del mes de octubre de dos mil diez. Años: 200º y 151º.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Eunice Beatriz Camacho M.
Abg. Bianca M. Escalona T.
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 2:30 p.m.
EBCM/BMET/m. elena.
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