REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-S-2010-001109
“VISTOS” -------------------------------------------------------------------------------------------
La ciudadana MILAGRO ROSARIO JOSEFINA FURIATI MANGANELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.855.489 de este domicilio, asistido por la Abogada JOSE ANTONIO NOGUERA CEREZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.173 solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el N° 312 del año 1.944, llevados por ante la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto la solicitante afirma que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Nacimiento que se encuentra asentada en la Parroquia Concepcion del Municipio Iribarren del Estado Lara, se señala el Nombre de sus Padres erroneamente como “YRENE MANGALLI” siendo lo correcto “MARIA IRENE MANGANELLI” y el de su padre como “JOSE FURIATI” siendo lo correcto “GIUSEPPE ANTONIO FURIATI”, para ello anexo Copia certificada de expediente N° KH01-S-2001-00047 de Rectificacion de Partida emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara marcado “I”, copia certificada de Acta de Nacimiento de la solicitante. La solicitud se admitió en fecha 05-03-2010. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 26-03-2010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa: -----------------------------------------------------------
UNICO: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por la solicitante en el ACTA DE NACIMIENTO cuando se transcribió erroneamente el Nombre de sus Padres como “YRENE MANGALLI” siendo lo correcto “MARIA IRENE MANGANELLI” y el de su padre como “JOSE FURIATI” siendo lo correcto “GIUSEPPE ANTONIO FURIATI”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MILAGRO ROSARIO JOSEFINA FURIATI MANGANELLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.855.489 de este domicilio, al Registrador Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 312 del año 1.944 de los libros respectivos. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.---------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.-------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintinueve (29) días del mes de Octubre del 2.010. Años: 200º y 151º. ------------------------------------------------------
La Juez Temporal
Abg. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria
Abg. NATALI CRESPO QUINTERO
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