REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-S-2010-000743
“VISTOS” ------------------------------------------------------------------------------------------
La ciudadana OLINDA DEL CARMEN GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.345.124 de este domicilio, asistido por la Abogada MILAGROS BLANQUIN ALVAREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 114.343, solicitan la Rectificación del Acta de Matrimonio, la cual corre inserta bajo el N° 23 en fecha 10 de Septiembre del año 1.954, llevados por ante la Parroquia Buena Vista del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto la solicitante afirma que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Matrimonio que se encuentra asentada en la Parroquia Buena Vista del Municipio Iribarren del Estado Lara, donde se señaló el nombre del contrayente como “JOSE DEMETRIO”, siendo lo correcto, “DEMETRIO”, anexo Copia Certificada del Acta de Matrimonio marcado con la letra “A”, documento original de la Partida de Nacimiento del conyugue marcado con la letra “B”, documento original de la Partida de Nacimiento de la solicitante marcado con la letra “C”, copias simples de las cedulas de identidad marcado con la letra “D”. La solicitud se admitió en fecha 10-02-2010. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 10-02-2.010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa: ---------------------------------------------------------------------------
UNICO: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por la solicitante en el ACTA DE MATRIMONIO donde donde se señaló el nombre del contrayente como “JOSE DEMETRIO”, siendo lo correcto, “DEMETRIO”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana OLINDA DEL CARMEN GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.345.124 de este domicilio y ORDENA al Registrador Civil de la Parroquia Buena Vista del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal y ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.---------------------------------------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintinueve (29) días del mes de Octubre del 2.010. Años: 200º y 151º.--------------------------------------------------------
La Juez Temporal,

Abog. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria,

Abog. LUZ MARIA VILLARROEL