REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, diecinueve de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP12-T-2010-000002-
DEMANDANTE: ALCALDIA DEL MUNICIPIO TORRES, en la persona del Sindico Procurador del Municipio Torres, Abogado CARLOS LUIS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.639.541, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 66.545.-
PARTE DEMANDADA: WILMAR ADELINA FLORES CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.935.684, domiciliada en la Urbanización Don Pío Alvarado, Calle 03, Casa Nº 02, de esta ciudad de Carora, y JUAN RAMON BASTIDAS ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.802.503 domiciliado en la Urbanización La Represa, Calle B-1, Casa Nº 03 de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
.ABOGADOS ASISTENTE PARTE DEMANDADA. LOURDES SANCHEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 18.820 y AYMARA ARAUJO MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.228.409, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 51.350 respectivamente
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA POR HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
Vista la Transacción realizada entre los ciudadanos JUAN RAMON BASTIDAS ESCOBAR, parte co-demandada, identificado en autos, y CARLOS LUIS HERNANDEZ, actuando en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Torres, en fecha 14 de Julio del año 2010, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se ordena el archivo del presente asunto.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora a los Diecinueve (19) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diez. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. FRANCISCO ROMÁN ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria,
Abg. BETTSIMAR C. BARRIOS C.-
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 345-2010, se publicó siendo las 2:00 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,
ABOG. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.
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