REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiuno de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP12-M-2010-000018.-

DEMANDANTE: JOSE DANIEL CABELLO MADRID, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.376.841.
ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDANTE: MARIA LAURA RIERA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 92.001, y de este domicilio.
DEMANDADO: ALFREDO JESUS PIRE LAMEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.943.647, domiciliado en la Calle Principal con calle 10, casa S/N del Barrio Valparaíso, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
Habiéndose cumplido los requisitos de Intimación del demandado antes identificado, a los fines de que pague las deudas especificadas en el libelo de demanda. Por cuanto se observa que se ha vencido el lapso de oposición o pago, sin que la parte demandada haya cumplido con la misma, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL PETITORIO Y PROCEDE A LA EJECUCION DEL DECRETO DE INTIMACION COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Veintiuno (21) de Octubre de 2010. Años: 200° y 151°.
El Juez Provisorio,


Abog. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,


Abog. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 350-2010, se publicó siendo las 09:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,


Abog. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.