Hoy 06 de octubre de 2010 siendo las 10:30 a.m comparecieron voluntariamente por ante este tribunal, por la parte actora la ciudadana BEATRIZ LA FUENTE, cédula de identidad Nº. V-11.789.591asistida por el abogado JUAN CARLOS DIAZ, , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.049 Procurador de Trabajadores del Estado Lara, y por la demandada la Apoderada Judicial ADRIANA VASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.109 según Instrumento-Poder que le fuere otorgado y que consigna en copia para ser agregado al presente asunto. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, instada como ha sido la mediación por el juez y con el objetivo de dar fin al presente procedo por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, las partes llegan a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.