REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
ASUNTO: AP21-R-2009-001246
ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2007-005300
PARTE ACTORA: FABIANA SANCHEZ MONCADA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. 11.819.143.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ERIKA DIAZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro 51175
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE ENCOURIER’S EXPRESS C.A., e INTERNACIONAL BONDED COURIERS DE VENEZUELA, C.A., sociedades mercantiles inscritas la primera por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y el Estado Miranda, en fecha 22 de enero de 1991, bajo el número 48, Tomo 10-A –Sgdo, y la segunda de las nombradas por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y el Estado Miranda, en fecha 03 de mayo de 1984, bajo el número 54, Tomo 19-A –Sgdo.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DEVORAH RIQUEL, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 144.275.
MOTIVO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra sentencia de fecha 10-08-2009, emanada del JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual se declaró SIN LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana FABIANA SANCHEZ MONCADA contra las sociedades mercantiles TRANSPORTE ENCOURIER’S EXPRESS C.A., e INTERNACIONAL BONDED COURIERS DE VENEZUELA, C.A.
En el día pautado para la celebración de la audiencia oral y pública en el procedimiento arriba identificado, en fecha 29 de septiembre de dos mil diez (2010), a las diez de la mañana (10:00 a.m.), signado como ASUNTO: AP21-R-2010-001246, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte contra sentencia de fecha 10-08-2009, emanada del JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Judicial Laboral del Área Metropolitana de Caracas, la ciudadana Secretaria informó y dejó constancia que la parte actora recurrente no compareció a la celebración de la audiencia a pesar de su reiterado llamado a las puertas de la Sala de anuncios de Audiencias, únicamente compareció la apoderada judicial de la parte demandada, abogada DEVORAH RIQUEL inscrita en el IPSA bajo el Nro. 144.275; razón por la cual el Tribunal, declaró desistido el mencionado recurso ordinario de apelación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Y es por ello que, con vista de dicha incomparecencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra sentencia de fecha 10-08-2009, emanada del JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual se declaró SIN LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana FABIANA SANCHEZ MONCADA contra las sociedades mercantiles TRANSPORTE ENCOURIER’S EXPRESS C.A., e INTERNACIONAL BONDED COURIERS DE VENEZUELA, C.A. Asimismo, este Juzgado ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Sustanciación, Mediación Ejecución correspondiente, una vez vencidos los lapsos de la interposición de los recursos respectivos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión; todo ello en el juicio seguido por FABIANA SANCHEZ MONCADA contra las sociedades mercantiles TRANSPORTE ENCOURIER’S EXPRESS C.A., e INTERNACIONAL BONDED COURIERS DE VENEZUELA, C.A. .
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 29 días del mes de septiembre de dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
EL JUEZ,
ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
Abog. RAYBETH PARRA
Nota: En la misma fecha, 29 días del mes de septiembre de dos mil diez (2010), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
Abog. RAYBETH PARRA
|