REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2010-003196

Visto el escrito de pruebas (folios 26–28 inclusive) presentado por el abogado Tadeo Arrieche Franco, en su condición de apoderado judicial (folios 19–21 inclusive) de la accionada, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Con relación a las Instrumentales reseñadas en el particular “I”, se deja constancia que componen los folios 29–47 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.

SEGUNDO: Respecto al Requerimientos de Informes epígrafe “II”, el Tribunal lo desecha conforme a la motivación explanada en el título «TERCERO» de la providencia de pruebas de la accionante.

TERCERO: En referencia a las Testimoniales, se deja constancia que los ciudadanos Marisela Solis Vera, Veruska M. Dávila H. y Ani C. Mora M., deberán comparecer a la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigos.-

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto la demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.
El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
CLAUDIA E. YÁNEZ C.

CJPA/Ifill.-