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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintitrés (23) de septiembre de dos mil diez
 200º y 151º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002887
 PARTE ACTORA: JUAN CARLOS MONTENEGRO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
 PARTE DEMANDADA: GASTRONOMIA AUSTRAL, C.A”
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LORENA BEATRIZ BARRIOS RINCON
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 ACTA DE PROLONGACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR
 En el día hábil de hoy veintitrés (23) de Septiembre de dos mil diez (2010), siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja  constancia de la comparecencia de la ciudadana  LORENA BEATRIZ BARRIOS RINCON,  apoderada judicial de la parte demanda “GASTRONOMIA AUSTRAL, C.A” , representación que se verifica a los autos, así mismo, el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano JUAN CARLOS MONTENEGRO FORTIQUE, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
 EL JUEZ
 ABG. DANILO SERRANO
 
 APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
 
 LA SECRETARIA
 
 ABG. ROMMY ANGARITA
 
 AP21-L-2010-002887
 Ds/ra
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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