REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintinueve (29) de Septiembre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°



Por recibido de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el expediente judicial signado con el Nº 0214, nomenclatura de este Juzgado, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Carlos Cisneros, Antonio Puppio G, Antonio Puppio Vegas, Santiago Puppio, Ezequiel Zamora Presilla, Ezequiel Zamora Arcaya y Rodrigo Gerd Krentzien, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 16.971, 8.730, 97.102, 127.956, 13.237, 115.211 y 75.178, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano RAUL IVAN ZAMBRANO LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.106.865, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO MIRANDA , y en cumplimiento a la sentencia dictada por la referida Corte en fecha primero (1º) de junio de dos mil diez (2010), mediante la cual se confirmó el fallo dictado por este Juzgado Superior en fecha veintidós (22) de octubre de dos mil ocho (2008), que declaró Parcialmente con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto. En tal sentido este Tribunal le da entrada.
EL JUEZ


Abg. JOSÈ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA


Abg. EGLYS FERNÁNDEZ


Exp. 0729/JVTR/EFT/kc.