REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintinueve (29) de Septiembre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°



Por recibido de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo las copias certificadas relacionadas con el expediente judicial signado con el Nº 1196, nomenclatura de este Juzgado, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada FABIOLA ALVAREZ SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.596, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS RAFAEL HERRERA BENÌTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.235.276, contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRÌCOLA INTEGRAL (INSAI), remitido a este Juzgado según oficio Nº CSCA-2010-004950 de fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil diez (2010) y en cumplimiento a la sentencia dictada por la referida Corte en fecha ocho (08) de abril de dos mil diez (2010), mediante la cual se confirmó el fallo dictado por este Órgano Jurisdiccional el veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009) que declaro inadmisible la Acción de Amparo Constitucional. Désele entrada y regístrese en los libros correspondientes.
EL JUEZ


Abg. JOSÈ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA


Abg. EGLYS FERNÁNDEZ


Exp. 1146/JVTR/EFT/Msp