REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 2 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO KP01-P-2010-002244
Vistas las presentes actuaciones, el Tribunal observa que se inicio este tramite mediante diligencia del ciudadano RAFAEL TORRES, quien solicita la entrega de un vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO SPARK,/SPARK 1.0 T/M C; AÑO 2007, COLOR PLATA, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, SERIAL MOTOR 87V366602, SERIAL CARROCERIA 8Z1MJ60087V366602, PLACAS SBJ-52F, que le fue negado por la Fiscalia Décimo del Ministerio Público, en la investigación que lleva ese órgano bajo el Nº 13-F10-1634-09.
Ahora bien, debido a que el vehiculo peticionado fue objeto de robo, dicho ciudadano, tramita procedimiento indemnizatorio ante SEGUROS CARABOBO, por lo que solicita le sea devuelto el original del certificado de registro de vehiculo Nº 8Z1MJ60087V366602-1-1, que fuera consignado cuando dio inicio al procedimiento de entrega de vehiculo ante esta instancia judicial el 14-04-2010.
Es evidente que ha cesado el motivo por el que se inicio el procedimiento, esto es, la entrega del vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO SPARK,/SPARK 1.0 T/M C; AÑO 2007, COLOR PLATA, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, SERIAL MOTOR 87V366602, SERIAL CARROCERIA 8Z1MJ60087V366602, PLACAS SBJ-52F, cuya negativa decreto la Fiscalia Décimo del Ministerio Público, en la causa 13-F10-1634-09, en fecha 10-03-2010, debido a la irregularidad en sus seriales identificadores, como consta en el reconocimiento de reactivación de seriales Nº 9700-127-DC-AEV-118-02-10, de fecha 12-02-10, suscrito por el Experto JECSEL TERSEK.
Así las cosas, verificado como ha sido que el documento requerido le fue practicada experticia Nº 9700-127-DC-UD-4847-09 en fecha 04-12-2009, por los expertos HAYDEE TORRES y CARLOS GONZALEZ, adscritos a la Unidad de Documentologia del Departamento de Criminalistica Estadal Lara, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas determinándose que es autentico, debe ordenarse la devolución del original del certificado de registro de vehiculo, Nº 8Z1MJ60087V366602-1-1, al ciudadano RAFAEL ALBERTO TORRES QUINTERO, cedula de identidad V-9633312, para que tramite indemnización de la unidad ante SEGUROS CARABOBO, en su lugar déjese fotocopia debidamente certificada, a costa del solicitante. Así se resuelve.

DISPOSITIVA

Por las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el articulo 311 del COPP: DECLARA:
PRIMERO: ENTREGA DEL ORIGINAL del certificado de registro de vehiculo Nº 8Z1MJ60087V366602-1-1, que describe el vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO SPARK, /SPARK 1.0 T/M C; AÑO 2007, COLOR PLATA, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, SERIAL MOTOR 87V366602, SERIAL CARROCERIA 8Z1MJ60087V366602, PLACAS SBJ-52F, al ciudadano RAFAEL ALBERTO TORRES QUINTERO, cedula de identidad V-9633312, para el procedimiento indemnizatorio ante SEGUROS CARABOBO. Déjese fotocopia debidamente certificada, a costa del solicitante. Déjese constancia por secretaria.
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, para la entrega del vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO SPARK, /SPARK 1.0 T/M C; AÑO 2007, COLOR PLATA, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, SERIAL MOTOR 87V366602, SERIAL CARROCERIA 8Z1MJ60087V366602, PLACAS SBJ-52F, solicitado por el ciudadano RAFAEL ALBERTO TORRES QUINTERO, cedula de identidad V-9633312, descrito en el certificado de registro de vehiculo Nº 8Z1MJ60087V366602-1-1. Termínese a nivel informático.
TERCERO: DEVUELVASE las actuaciones a la Fiscalia Décimo del Ministerio Público, donde se tramita la investigación Nº 13-F10-1634-09, por el delito de ROBO DE VEHICULO ocurrido el 14-07-2009 a las 07:30 horas de la noche en la Av. San Vicente con Fuerzas Armadas, de esta ciudad, donde aparece como denunciante el ciudadano FIGUEROA ELVIS EFREN CI Nº 14160229. Líbrese oficio.
Juez

Beatriz Perez Solares