REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 22 de Septiembre de 2010
Años: 200º y 151º

SOLICITUD Nº 1.166-10
Titulo Supletorio
Vista la solicitud presentada por el Abogado WILLIAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.228.982, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.110, actuando en su carácter de Apoderado de la empresa socialista CVA COMPAÑÍA DE MECANIZADO AGRÌCOLA Y TRANSPORTE “PEDRO CAMEJO” S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de Agosto de 2007, bajo el Nº 50, Tomo 80-A, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.761, de fecha 04 de Septiembre de 2007; Representación que consta en poder debidamente otorgado ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, bajo el Nº 1, Tomo 69, de fecha 27 de Abril de 2010. Acompaña a la solicitud, copia simple de los documentos a los cuales hace referencia. Por medio del cual solicita se declare TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD Y DOMINIO, sobre unas mejoras y bienhechurías fomentadas a expensas y con dinero del exclusivo peculio de su representada, sobre una parcela perteneciente a los ejidos Municipales, ubicado en la avenida Intercomunal Barquisimeto, Cabudare, Sector Carabalí, al lado del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, Municipio Palavecino del Estado Lara, el cual tiene un área aproximada de CERO COMA OCHO HECTÀREAS (0,8 has), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Avenida Intercomunal Barquisimeto-Cabudare; Sur: Sede de la Cocacola; Este: Vía rural y; Oeste: Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Que las bienhechurías son las siguientes: OBRAS CIVILES: Estructura de la CVA COMPAÑÍA DE MECANIZADO AGRÌCOLA Y TRANSPORTE “PEDRO CAMEJO” S.A., la cual cuenta con una contracción donde funcionan las oficinas, área administrativa, dos cubículos para los baños, un cubículo para cocina, un espacio para la recepción; Construida con losa de fundación de concreto armado, columnas de tubos IPV, vigas de carga y amarre de tubos, estructura de techo cinduteja, con revestimiento de cielo raso con juntas visibles, cerramiento con bloques de concreto de e= 15 cm., acabado liso con friso liso y recubrimiento de pintura, 28 ventanas panorámicas de vidrio con el marco de aluminio de 3 x 1 ½ mts., 14 puertas de vidrio con el marco de aluminio, con un área de construcción de 862,92 mts2. DOS BATERIAS DE BAÑO: El baño de caballero con cuatro baños sencillos, con separadores de aluminio, puertas batientes con marco metálico, tres lavamanos con sus piezas sanitarias y distribución de tuberías de aguas blancas y negras, recubrimiento interior y exterior en paredes con revestimiento con cerámica a media pared y pintura en caucho, piso granito, techo raso. El baño de damas con cuatro baños sencillos, con separadores de aluminio, puertas batientes con marco metálico, tres lavamanos con sus piezas sanitarias y distribución de tuberías de aguas blancas y negras, recubrimiento interior y exterior en paredes con revestimiento con cerámica a media pared y pintura en caucho, piso granito, techo raso. BANCO DE TRANSFORMADORES: 3 de 3 x 167 KVA, los cuales alimentan eléctricamente la sede de la empresa; Tuberías EMT para la distribución de la energía eléctrica, tableros principales trifásicos y de distribución, la celda principal con dos panel, el primero de 24 circuitos y, el segundo de 30 circuitos, con un área de 30 mts2., construida con losa de fundación de concreto armado, columnas de tubos IPV 160 x 100, vigas de carga y amarres de tubos 120 x 60, estructura de techo de platabanda y cerramiento con bloques de concreto de e=15 cm, una puerta metálica batiente entamborada de lámina lisa, instalaciones eléctricas. CASETA DE HIDRONEUMÀTICO: Construida con losa de fundación de concreto armado, columnas de tubos IPV 160 x 100, vigas de carga y amarres de tubos 120 x 60, estructura de techo cinduteja y cerramiento con bloques de concreto de e=15 cm., una puerta metálica batiente entamborada de lámina lisa. DOS CASETAS DE VIGILANCIA: La principal con losa de fundación de concreto armado, columnas de tubos IPV 160 x 100, vigas de carga y amarres de tubos 120 x 60, estructura de techo cinduteja y cerramiento con bloques de concreto de e=15 cm., una puerta metálica, dos ventanas con vidrio y conexión eléctrica, en un área de 20,39 mts2; Caseta de salida, con losa de fundación de concreto armado, columnas de tubos IPV 160 x 100, vigas de carga y amarres de tubos 120 x 60, estructura de techo cinduteja y conexión eléctrica, cerramiento con bloques de concreto de e=15 cm., una puerta metálica batiente entamborada de lámina lisa, en un área de 17,33 mts2. OBRAS EXTERIORES: Acondicionamiento de CERO COMA HECTAREAS (0,7 has), consistente en estudio de suelo, levantamiento topográfico, movimiento de tierra, rellenos, engranzonamiento, mecanización, nivelación de terreno. Aceras de concreto f c= 200 Kg. /cm., de un ancho promedio de 1,00 metros y, espesor promedio de 10,00 cm. Ampliación en construcción de la sede de la empresa, en un área de 840 Mts2.Acceso a la empresa delimitado con cerca perimetral, en columnas de tubo conducen 100 x 100 soldadas en una base de anclaje de 15 x 15 cm., embutidos a la viga de riostra de concreto de 20 x 25 cm., de sección, con media pared de bloques de concreto e=10 cm., en obra limpia con su respectivo dintel; Sobre la media pared y ancladas a las columnas rejas de tubo estructural rellena con alfajol. Toso delimitadas con cerca perimetral de alfajol, con alambre calibre Nº 9, tres hilos de alambre de púas, con portones de hierro y rejas respectivamente. Que en las mismas su representada ha invertido la cantidad de SIETE MILLÒNES CIENTO DOCE MIL BOLIVARES OCHO BOLÌVARES CON TREINTA CÈNTIMOS (Bs. 7.112.008,30).
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: RICARDO ANTONIO OROPEZA MUÑOZ y ARGENIS JOSÈ VELASQUEZ GÒMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 18.996.468 y V-18.439.038 respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, por lo que, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, especialmente por los Artículos 936 y 937 ejusdem. En consecuencia, este Tribunal actuando en República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la empresa socialista CVA COMPAÑÍA DE MECANIZADO AGRÌCOLA Y TRANSPORTE “PEDRO CAMEJO” S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de Agosto de 2007, bajo el Nº 50, Tomo 80-A, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.761, de fecha 04 de Septiembre de 2007, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa.
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, déjese copia del presente decreto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
La Juez.



Abg. Coromoto J. de Del Nogal.

El Secretario

Abg. Lucio Torres Armeya
Se devuelve al interesado.