REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 27 de Septiembre del año dos mil diez
200º y 151º

SENTENCIAINTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-001053
PARTE ACTORA: GUILLERMO RAMON HERNANDEZ PETIT
PARTE DEMANDADA: FULLER MANTENIMIENTO, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 27 de Septiembre del año 2010, siendo las 3:15 p.m. comparecen de forma voluntaria por ante este tribunal por la parte actora sus apoderadas judiciales: ALIDA JOSEFINA CASTILLO y BRUNA CASAGRANDE, IPSA bajo los N°30.800 y 58.819 respectivamente y por la demandada: FULLER MANTENIMIENTO, C.A., representado por su apoderado judicial JAVIER ALCALA, IPSA bajo el N° 141.802. Las partes luego de conversaciones sostenidas y a la mediación efectuada por el Tribunal, han llegado al acuerdo siguiente:
PRIMERO: La parte actora se denominara EL TRABAJADOR y la demandada LA EMPRESA. EL TRABAJADOR manifiesta que inicio la relación laboral 13/03/2007 fecha de egreso 05/06/2009, por despido injustificado, reclama sus prestaciones sociales.
SEGUNDO: “LA EMPRESA” alegan que es falso que “EL TRABAJADOR”; se le deba la cantidad solicitada a los autos. TERCERO: OFERTA TRANSACCIONAL: No obstante las diferencias existentes entre las partes y en aras a su resolución y sin que ello constituya aceptación de los conceptos reclamados o de algún derecho por “LA TRABAJADORA”; “LA EMPRESA” ofrece como transacción una cantidad definitiva de (Bs.22.000,00), para ser cancelados en 2 pagos, el primer pago hoy por la cantidad de Bs. 21.000,00, en cheque no endosable a nombre del trabajador, se consigna copia previa presentación de su original y el segundo pago el 27/10/2010 a las 10:30 a.m., por la cantidad de Bs. F. 1.000,00 ante este tribunal.

ACEPTACION DE LA TRANSACCION
“EL TRABAJADOR” conviene y reconoce que en el pago de la cantidad transaccional acordada por las partes y señalada anteriormente, quedan incluidos los conceptos concernientes a las Prestaciones Sociales, que incluye: Prestación de Antigüedad, Intereses sobre Prestación de Antigüedad, utilidades, indemnización establecidas en el artículo 125salarios caídos y cesta ticket. De igual forma EL TRABAJADOR manifiesta no tener nada que reclamar a la demandada FULLER MANTENIMIENTO C.A., con la transacción aquí realizada. Las partes solicitaran el cierre del expediente una vez cumplida la obligación contraída. Las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículo 9 y 10 de su Reglamento, el artículo 1.718 del Código Civil y el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil y solicitan a la ciudadana Juez que homologue esta transacción, proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo con vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de EL TRABAJADOR derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia.

LA JUEZ,
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA.

ABG. MIRLA SOSA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, siendo las 3:15 p.m.

LA SECRETARIA.
ABG. MIRLA SOSA