REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-005269
ASUNTO : RP01-P-2008-005269

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
DICTADA EN SALA

Celebrada como ha sido en esta misma fecha la audiencia prevista para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas en Medida Alternativa consistente en la Suspensión Condicional del Proceso, acordada en causa penal donde la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Circuito Judicial con Competencia en Defensa Ambiental, planteó acusación contra el ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA TORRIBILLA, por el delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal para resolver observa:

I
DE LOS ARGUMENTOS DE LAS PARTES

Durante la audiencia la representante de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Circuito Judicial con Competencia en Defensa Ambiental, abogada GABRIELA MOREIRA: Visto que al folio 95 de la presente causa cursa informe de la Unidad Técnica mediante la cual se deja constancia que el ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA, dio cumplimiento con las condiciones ordenadas por este Tribunal, solicito que se decrete el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito copia simple de la presente acta. Es todo. Seguidamente se impuso al acusado del precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar en causa propia, pero si lo desea, lo puede hacer sin juramento.

Una vez otorgado en el derecho al acusado MIGUEL ANGEL GARCÍA, previa imposición del precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar en causa propia, pero si lo desea, lo puede hacer sin juramento, manifestó: Yo cumplí con las condiciones que me impuso el Tribunal, sembré 10 árboles de cedro y 10 de apamate en la Montaña del Pozo del sector Apamatal del Municipio Mejias del Estado Sucre, y me presenté por ante la UTASP. Esas matas pegaron y las que quedaron el la sombra están un poquito mas pequeñas, pero las otras están libres y si crecieron más. Es todo.

Por su parte la abogada SUSANA BOADA, expuso: Visto que mi defendido ha cumplido con las condiciones que le impuso este tribunal sembrando 10 matas de cedro y 10 de apamate, las cuales son autóctonas del sector La Montaña, y en virtud que en el expediente cursa en el folio 95 el informe final del equipo técnico en el cual se evidencia que mi defendido cumplió con las presentaciones y la siembra de las 20 matas, es por lo que solicito a este Tribunal le decrete el sobreseimiento en la presente causa a mi defendido. Solicito copia simple del acta que se esta levantando. Es todo.
II
DE LA DECISIÓN

El Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, durante la cual la defensa y el Fiscal del Ministerio Público manifestaron su conformidad que se decrete el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA, ampliamente identificados en autos, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen probatorio impuesto; este Tribunal pasa a emitir su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar, cursa al folio 95 de la presente causa informe final suscrito por la Licenciada Carmen Emilia Osuna, Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, en el cual se indica que el acusado MIGUEL ANGEL GARCÍA TORRIBILLA, cumplió de manera satisfactoria el régimen de prueba que le fuera impuesto por este Juzgado, en fecha 28/01/2009, cumpliendo de manera responsable con las citas que se le pautaron y sembró los 20 árboles; es por ello, que este Tribunal Sexto de Control, en atención a la disposición contenida en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal, considera que lo procedente es declarar la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia decretar el Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra del acusado MIGUEL ANGEL GARCÍA, venezolano, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.272.672, de oficio agricultor, nacido en fecha 06-01-1973, hijo de AURA MARIA TORRIVILLA Y PEDRO GARCÍA, residenciado en el sector Apamatal, casa S/N, Municipio Mejias, cerca del trapiche el Apamatal, Estado Sucre; por el delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.

Por todo lo antes expuesto, el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA, venezolano, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.272.672, de oficio agricultor, nacido en fecha 06-01-1973, hijo de AURA MARIA TORRIVILLA Y PEDRO GARCÍA, residenciado en el sector Apamatal, casa S/N, Municipio Mejias, cerca del trapiche el Apamatal, Estado Sucre; por el delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario con la finalidad de informar que fue decretado el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA. Se ordena el Archivo Definitivo de la presente causa, autorizándose ampliamente al Jefe del Archivo de esta sede para su remisión al Archivo Central ubicado en la Calle Rojas con Avenida Bermúdez de esta ciudad. Con la lectura y firma del acta, quedaron notificados los presentes en el acto, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. En Cumaná a los siete (7) días del mes de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.

LA JUEZA SEXTA DE CONTROL,

ABOG. CARMEN LUISA CARREÑO BETANCOURT LA SECRETARIA,

ABOG. HORTENSIA MARTÍNEZ VELÁSQUEZ