REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintisiete (27) de abril de dos mil once (2011)

201° y 152°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado ERLY RAMÓN HERRERA AZUAJE, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ARACELIS IZAGUIRRE LARA, mediante el cual promueve copia de Jurisprudencia, este Juzgado observa que los criterios Jurisprudenciales constituyen una fuente indirecta del derecho, y en nuestro sistema objeto de prueba son los hechos y no el derecho. No obstante, ello no impide en modo alguno que las partes puedan consignar criterios jurisprudenciales e invocar su contenido.
EL JUEZ PROVISORIO,


EL SECRETARIO,




d/8

















Exp. N° 006777
Abraham