| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, catorce de abril de dos mil once
 200º y 152º
 
 ASUNTO: AP31-S-2011-003397
 
 
 Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos YULYMARY ALEMAN DE ROCHA y HENRY MAURICIO ROCHA OSPINO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-17.268.997 y V-17.801.517 respectivamente, asistidos por la abogada KENEYLA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.964, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena  del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, YULYMARY ALEMAN DE ROCHA y HENRY MAURICIO ROCHA OSPINO, antes identificados,  en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 12/04/2010, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
 EL JUEZ
 
 NELSON GUTIERREZ CORNEJO
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. ERICA CENTANNI
 
 
 
 
 
 |