REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, quince de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP12-M-2011-000011.-
DEMANDANTE: WALID ABBAS CHTAY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.321.321, con domicilio en Carora Municipio Torres.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: CORY CORDERO y JHONNY JIMENEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 80.635 y 32.319, respectivamente.
DEMANDADO: JESUS ALBERTO SUAREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.192.033, de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA POR COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION).
Habiéndose cumplido los requisitos de Intimación del demandado antes identificado, a los fines de que pague las deudas especificadas en el libelo de demanda. Por cuanto se observa que se ha vencido el lapso de oposición o pago, sin que la parte demandada haya cumplido con la misma, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL PETITORIO Y PROCEDE A LA EJECUCION DEL DECRETO DE INTIMACION COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.
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