REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintinueve (29) de abril de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: GP02-L-2011-000605
PARTE ACTORA: ELIOMAR ORLANDO PINTO RODRIGUEZ
PROCURADORA DEL TRABAJO QUE ASISTE A LA PARTE DEMANDANTE: MARIA PEÑA
PARTE DEMANDADA: GRUPO POSTAL DE SERVICIOS G.P.S.,C.A (NO COMPARECIO)
APODERADO DE LA DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA
Hoy, veintinueve (29) de abril de dos mil once ,oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente el ciudadano ELIOMAR ORLANDO PINTO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 17.680.200 en su carácter de demandante y debidamente asistido por la Procuradora del Trabajo MARIA PEÑA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.540 y consigna sus pruebas. En este estado el Tribunal deja constancia de la NO-COMPARECENCIA a la Audiencia de la parte demandada GRUPO POSTAL DE SERVICIOS G.P.S.,C.A ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, paso a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA, por el ciudadano: ELIOMAR ORLANDO PINTO RODRIGUEZ contra la empresa GRUPO POSTAL DE SERVICIOS G.P.S.,C.A condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos:

A) Antigüedad del Artículo 108 de la LOT:
45 días X Bs. 56.26 = Bs. 2.531.70


B) Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado
16.49 Días por salario diario de Bs. 53.03 = Bs. 874,46


C) Utilidades Fraccionadas:

11.25 días por salario diario de Bs. 53.03 = Bs. 596,58

D) Indemnizaciones que establece el artículo 125 de la LOT:

30 días por salario de Bs. 56. 26= Bs. 1.687,80
30 días por salario de Bs. 56,26 = Bs. 1.687,80


E) Salarios Caídos según Providencia Administrativa:

67 días por salario de Bs. 40,80 = Bs. 2.733,60


Estos conceptos suman la cantidad de DIEZ MIL CIENTO ONCE BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.10.111,94) todo en virtud de la relación de trabajo que lo unió con la empresa GRUPO POSTAL DE SERVICIOS G.P.S.,C.A desde el 11 de Enero de 2010 hasta el 20 de Octubre de 2010. De igual manera este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, aplicando los criterios reiterados por la Jurisprudencia de nuestro máximo tribunal sobre indexación, este Tribunal lo acuerda y será calculada desde el decreto de Ejecución hasta su materialización, entendiéndose por esto ultimo la oportunidad de pago efectivo y así se decide por el monto de Bs. 10.111,94 y por estas razones se ordena mediante experticia complementaria al fallo, Se acuerda de igual manera los Intereses de Mora sobre las cantidades condenadas desde la fecha de la terminación de la relación de trabajo (20/10/2010) hasta que se realice la experticia complementaria del fallo, las cuales se deben practicar considerando: 1º) Será realizada por un único perito designado por el tribunal ; 2) El Perito considerará las tasas de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, y solo deben excluirse de dicho monto los periodos en los cuales la causa se encuentra suspendida por acuerdo de ambas partes, pues en dicha suspensión sí tiene responsabilidad el trabajador o hechos fortuitos o fuerza mayor, y en el presente caso no ocurrió. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Se condena es Costas. Años 201º y 152º.
LA JUEZ . Los Comparecientes

KYBELE K. CHIRINOS MONTES

LA SECRETARIA,