REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Veintisiete de Abril de dos mil once
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-000551
PARTE ACTORA: JOSE DUARTE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ------------------------------
PARTE DEMANDADA: PAPELES VENEZOLANOS (PAVECA)
APODERADOS DE LA DEMANDADA: XIOMARA GUEDEZ
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día de hoy, Veintisiete ( 27 ) de Abril del 2011, siendo las 11:00 a.m., del día y hora fijada por este Tribunal para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de la abogada XIOMARA GUEDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nros. 7.126.859, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.484, actuando con el carácter de apoderada judicial de la demandada PAPELES VENEZOLANOS (PAVECA), según consta en Poder, presentado en fecha 31 de Marzo de 2011, el cual corre agregado a los folios del 9 y 10 del expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201 ° y 152 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. TEYLU SEPULVEDA
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