ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005789
PARTE ACTORA: JOSÉ DE LA CRUZ JAIMES YEPEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: YANET BARTOLOTTA
PARTE DEMANDADA: PROMOCIONES 21212, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MARÍA GABRIELA PAOLINI
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES


Hoy, 02 de agosto de 2011, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron las abogadas YANET BARTOLOTTA y MARÍA GABRIELA PAOLINI, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 35.533 y 124.414, respectivamente; dándose así inicio a la audiencia. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento, en nombre de mi representada cancelo en este acto a la parte actora la cantidad de Bs. 6.000, 00, mediante cheque N° 59600158, girado contra la cuenta N° 01910052942152025031, de fecha 02 de agosto de 2011; cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo; en tal sentido nada quedaría a deber mi representada a la parte actora, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora y expone: En nombre de mí representado declaro recibir en este acto el cheque anteriormente identificado; e igualmente declaro que nada queda a deber la empresa demandada, en virtud de la relación laboral que existió; en consecuencia se le extiende el más amplio finiquito de Ley, es todo. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.

LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ


LA SECRETARIA

MARÍA V. DÁVILA

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA