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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Juzgado Vigésimo  (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-003464
 PARTE ACTORA: LEONARDO ALEJANDRO LUGO RODRÍGUEZ
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDER RAFAEL GAMBOA SANABRIA
 PARTE DEMANDADA: MULTIPHONE VENEZUELA, C.A.
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ RICARDO APONTE Y OTROS
 MOTIVO: DIFERENCIA DE VACACIONES, BONO VACACIONAL Y UTILIDADES
 
 En el día de hoy 08 de agosto de 2011, a las 10:00 a.m., oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar  la misma, dándose inicio se deja constancia que comparece el ciudadano Leonardo Alejandro Lugo Rodríguez, cédula de identidad N° 11.165.729, asistido por el abogado Alexander R. Gamboa Sanabria, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 68.917 y, por la  parte demandada comparece el abogado José Ricardo Aponte, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 44.438, en su carácter de apoderado judicial como se evidencia de sustitución de poder que se efectuó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el día viernes 05 del mes en curso. En este estado, la parte actora expone: Desisto del presente procedimiento, estando debidamente asistido de abogado. Es todo. En este estado, expone el apoderado judicial de la parte demandada, supra identificado: Apruebo el desistimiento del procedimiento manifestado por la parte actora. Es todo. Oída la exposición de ambas partes, este Juzgado homologa con fuerza de cosa juzgada el desistimiento del procedimiento efectuado en el presente auto. Se entregan las pruebas promovidas por las partes el día de hoy. Se da por terminada la audiencia preliminar.
 
 La Jueza                                                                                  El Secretario
 
 
 Abg. Milagros C. Jiménez                                                      Abg. Héctor Mujica
 
 
 Parte actora y su abogado asistente
 
 
 Apoderado judicial de la parte demandada
 
 
 
 
 
 
 
 
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