REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Agosto de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AH18-V-1997-000003
Vista la diligencia de fecha 30 de Junio de 2011 suscrita por el ciudadano José Francisco Rojas Ávila, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.835, actuando como apoderado judicial de la parte demandada; y el pedimento en ella contenido, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena la Suspensión de la Medida de Embargo, decretada por este Tribunal, en fecha 05 de abril de 2.006, la cual recayó sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de: Treinta y Dos Mil Quinientos Cincuenta Bolívares (Bs. 32.550,00) que comprende el doble de la cantidad condenada a pagar más las costas de ejecución calculadas prudencialmente por este Tribunal en la cantidad de Mil Quinientos Cincuenta Bolívares (Bs. 1.550,00), ya incluidas en el monto anterior. Que en caso de recaer la medida decretada sobre cantidades líquidas de dinero, deberá efectuarse hasta por la cantidad de Diecisiete Mil Cincuenta Bolívares (Bs. 17.050,00), que corresponde a la cantidad simple condenada a pagar más las costas de ejecución prudencialmente calculadas por Mil Quinientos Cincuenta Bolívares (Bs. 1.550,00), ya incluidas como se indicó arriba en el monto anterior. Asimismo, se deja sin efecto el mandamiento de Ejecución librado en fecha 05/04/2.006. Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. CÉSAR A. MATA RENGIFO
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. INÉS BELISARIO GAVAZUT
CAMR/IBG/Guadalupe
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