REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
201ª Y 152ª

ASUNTO: N° AP21 – 0 – 2011 - 000051

PARTE ACTORA: MAURYN CHIQUINQUIRA MEDINA RODRIGUEZ, venezolana titular de la cedula de identidad Nº 8.503.369.


APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: HELLY ALBERTO ANGEL GONZALEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°96.701.-

PARTE DEMANDADA: FACULTAD DE MEDICINA COMISIÒN DE ESTUDIOS PARA POS GRADO DE LA UNIVERIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Y EL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL I.V.S.S. HOSPITAL PEDRITICO DR. ELIAS TORO


APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: No consta en auto representación alguna.


MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL

I
Se inicia la presente causa, mediante ACCIÒN AMPARO CONSTITUCIONAL, presentado en fecha 20 de Mayo de 2011, por ante el juzgado Octavo (8°) Juicio de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de Caracas del Area Metropolitana de Caracas, en funciones de distribución para en fecha, 20-05-2011 del expediente, AP21-0- 2011-000051 a través del los abogados, HELLY ALBERTO ANGEL GONZALEZ , YLENY DURAN MORILLO, y ZULAY COLMENARES DAVILA de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los Ns° 96.701, 91.732, 96.702 en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana, MAURYN CHIQUINQUIRA MEDINA RODRIGUEZ siendo recibida la misma por auto de fecha, 23 de Mayo de 2011.

Ahora bien, en fecha nueve (09) de Junio de dos mil once (2011), compareció la abogada, ZULAY COLMENARES, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nª. 96.702, en su carácter de apoderada de la accionante en el cual DESISTE DE LA ACCIÒN DE AMPARO CONSTITUTITUCIONAL y solicitó que se imparta la Homologación y cierre del expediente. Incoado por la ciudadana, MAURYN CHIQUINQUIRA MEDINA, RODRIGUEZ, venezolana titular de C.I. Nª. 8.503.369.-
En consecuencia este tribunal imparte la Homologación y ordena el cierre del expediente y se ordena su archivo.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana MAURYN CHIQUIQUIRA MEDINA RODRIGUEZ, en contra de demandada, FACULTAD DE MEDICINA COMISIÒN DE ESTUDIOS PARA POS GRADO DE LA UNIVERIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Y EL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL I.V.S.S. HOSPITAL PEDRIATICO DR. ELIAS TORO, y por ende se da por terminado el mismo, igualmente se ordena encierre informático y el archivo del expediente.



SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Publíquese, y Registrese y dejese copia.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los ocho (08) días del mes de Agosto de dos mil once 2011-



ABOG. MARIA ISABEL SOTO
EL JUEZ




OMAIRA URANGA
LA SECRETARIA